Concluida la tarea de realizar el Digesto y las Instituciones, ordenó Justiniano que se revisase el Codex Iustinianeus. La tarea era necesaria por que se habían publicado desde aquella época numerosas constituciones nuevas, entre las cuales figuraban principalmente las Quinquaginta Decisiones, que modificaban, cambiaban y perfeccionaban el derecho de las Pandectas y que no se encontraban en su Codex originario.
Dispuso a ese fin, en 534, que una comisión encabezada por Triboniano hiciera una reelaboración del Código, añadiendo las nuevas constituciones y poniéndolo más en armonía con el Digesto y las Instituciones.
La labor terminó el mismo año y la nueva edición del Código salio con el nombre Codex repetitae praelectionis y entró en vigor el 29 de diciembre de 534 por la constitución Cordi novis que prohibía que en adelante se invocasen ante los jueces las cincuenta decisiones (Quinquaginta Decisiones), ni las posteriores (plurimas constitutiones), sino sólo la autoridad de la obra que acababa de sancionarse.
El nuevo Código incluyó las constituciones promulgadas desde Adriano hasta Justiniano, con mayor número de las de Diocleciano y Maximiano.
Este Codex Repetitae Praelectionis hoy se lo conoce solo como Codex, o Código.
Está dividido en 12 libros que se subdividen en títulos, con sus respectivas rúbricas. En cada título se hallan colocadas las constituciones según las materias a que pertenecen, con arreglo a un orden cronológico. A la cabeza de cada constitución aparece el nombre del emperador que la dicté y el de la autoridad o particular a la que estaba dirigida (inscriptio), hallándose a su final la fecha en que fue sancionada (subscriptio). Las más extensas se dividen en parágrafos, pero tal división no es muy usual.
Se omitieron muchas constituciones del Código antiguo citadas en las Instituciones.
El libro I presenta disposiciones relativas a las fuentes del derecho, e incluye normas sobre los officia de los magistrados y sobre las relaciones entre la Iglesia y el Estado;
Los libros II a VIII tratan del derecho privado en general, con referencia especial a los derechos reales, las obligaciones,, los contratos y el derecho sucesorio;
El libro IX está dedicado al derecho criminal y
Los libros- X a XII versan sobre el derecho administrativo y financiero.
Código (del latín Codex Repetitae Praelectionis). Compendio de la legislación imperial hasta el 534 d.C.